Resolución Exenta N° 4358 - 22.07.2016

VISTOS: Lo dispuesto en el artículo 5° de la ley N° 19.479 de 2006 sobre modernización de Aduanas.

Lo dispuesto en el Decreto N° 14 de 2014del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que modifica el Decreto SupremoN° 181 de 2012; deroga los Decretos SupremosN° 81 de 2004 yN° 100 de 2006del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y el N° 271 de 2009 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, además de establecer disposiciones transitorias sobre normas técnicas a aplicar en documentos electrónicos, comunicaciones electrónicas e interoperabilidad.

El Decreto N° 83 de 2005del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que aprueba Norma Técnica para los Órganos de la Administración del Estado sobre seguridad y confidencialidad de los documentos electrónicos.

Las normas chilenas NCh-ISO 27001 (INN) sobre sistemas de gestión de la información y NCh-ISO27002 (INN) sobre Tecnología de la Información.

Las políticas institucionales respecto a datos sensibles y métodos de encriptación.

El Oficio Circular N° 2790 del 15 de marzo de 2016 del Subdirector de Informática del Servicio Nacional de Aduanas, mediante el cual se informó la disponibilidad en los servidores del Servicio Nacional de Aduanas, en ambiente de testing, de la nueva modalidad de tramitación electrónica de la Declaración de Ingreso, en formato XML, con firma electrónica a través de Servicios Web publicados en los servidores del Servicio de Aduanas.

 

CONSIDERANDO: Los avances alcanzados en la modernización institucional, principalmente en la optimización de sus procesos y los pertinentes desarrollos tecnológicos que inciden en los sistemas del Servicio Nacional de Aduanas, en miras de dar cumplimiento a los objetivos de gobierno electrónico referidos a la eficiencia en la gestión, la calidad del servicio, transparencia y participación ciudadana, se ha desarrollado una nueva modalidad de Tramitación electrónica de la Declaración de Ingreso (DIN) consistente en poder transmitir dicho documento en formato XML, con firma electrónica a través de Servicios Web publicados en los Servidores del Servicio Nacional de Aduanas

Que, la referida modalidad de tramitación electrónica de la Declaración de Ingreso, ya se encuentra en una etapa que permite su implantación en ambiente de producción, y

 

TENIENDO PRESENTE: Lo dispuesto en el artículo 4°, numerales 7 y 8 del D.F.L. N° 329 de 1979, del Ministerio de Hacienda, que aprueba la Ley Orgánica del Servicio, y la Resolución N° 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República sobre la exención del trámite de Toma de Razón, dicto la siguiente:

 

RESOLUCION:

 

1. AUTORIZASE, partir del 1 de agosto del año 2016, como una forma de presentación adicional de operaciones aduaneras mediante Declaraciones de Ingreso, la transmisión electrónica de las mismasen formato XML.

 

 

ANOTESE, COMUNIQUESE Y PUBLIQUESEEN EL DIARIO OFICIAL Y EN LA PÁGINA WEB DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS

 

 
 

 

GFA/JMG/VCC/MRS/GLH/PSS

 

Archivo:DIN, Resolución nueva modalidad de transmisión electrónica, Julio 2016

Distribución: Aduanas Arica a Punta Arenas,

Cámara Aduanera de Chile,

ANAGENA

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