Oficio Circular N° 354 - 28.08.2019
De : Jefa Departamento Regímenes Especiales (S)
A : Sres(as) Directores(as) Regionales y Administradores(as) de Aduana
Mat.: Se Comunica Impuestos o Créditos Fiscales Ley No 18.502 y N° 20.765.
Conforme a lo señalado en la Ley N° 20.765 del 09.07.2014, comunico a usted los Impuestos o Créditos Fiscales correspondientes a los combustibles derivados del petróleo, a que se refieren las leyes 18.502 y 20.765, de conformidad al Decreto de precios de referencia respectivo, del Ministerio de Energía y de Hacienda, según lo informado por el Servicio de Impuestos Internos en virtud de lo dispuesto en el Artículo 3° de la Ley 20.765, y el Decreto N° 245 Exento, de fecha 26.08.2019 (D.O. 28.08.2019) del Ministerio de Hacienda.
Vigencia a contar del día Jueves 29.08.2019 al Miércoles 04.09.2019
| COMBUSTIBLE | Componente Base | Componente Variable | Impuesto Específico Resultante | UTM | |
| Gasolina Automotriz de 93 octanos (en UTM/m3) | Impuesto Crédito Fiscal | 6,0000 | 0,0539 | 6,0539 | UTM/m3 | 
| Gasolina Automotriz de 97 octanos (en UTM/m3) | Impuesto Crédito Fiscal | 6,0000 | 0,1790 | 6,1790 | UTM/m3 | 
| Petróleo Diesel (en UTM/m3) | Impuesto Crédito Fiscal | 1,5000 | 0,0000 | 1,5000 | UTM/m3 | 
| Gas Licuado de Petróleo de Consumo Vehicular (en UTM/m3) | Impuesto Crédito Fiscal | 1,4000 | -0,1250 | 1,2750 | UTM/m3 | 
| Gas Natural Comprimido de Consumo Vehicular (en UTM/1000m3) | Impuesto Crédito Fiscal | 1,9300 | -0,1899 | 1,7401 | UTM/1000m3 | 
Saluda atentamente a Ud.,
Verónica Carvajal Cos
Jefa (S) Depto. Regímenes Especiales
Nota:
1.- Los impuestos o créditos fiscales señalados son obtenidos desde el Diario Oficial y corresponden al período del día Jueves 29.08.2019 al Miércoles 04.09.2019, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 3° de la Ley N° 20.765 del 2014.
2.- Para la aplicación del impuesto específico o crédito fiscal se deberá tener presente lo instruido mediante Oficio Circular N° 61 de fecha 22.02.2011.
 
                





 
         
         
         
                                