Corte Suprema ratifica legalidad en incautación de 21 camiones usados

El procedimiento realizado por Aduanas y Carabineros permitió recuperar los vehículos avaluados en más de $ 579 millones.

Jueves 2 de agosto de 2018

TALCAHUANO.- Enmarcado en su rol de protección al comercio lícito, el Servicio Nacional de Aduanas obtuvo un importante resultado judicial luego que la Tercera Sala de la Excelentísima Corte Suprema confirmara el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción, que había rechazado el recurso de protección interpuesto en contra de la institución fiscalizadora para revertir la incautación de 21 camiones de las marcas Scania, Man y Mercedes Benz, avaluados en más de $579 millones.

Este exitoso procedimiento se gestó a partir del trabajo investigativo y operativo desarrollado por funcionarios de la Aduana Regional de Talcahuano y el Servicio de Encargo y Búsqueda de Vehículos (SEBV) de Carabineros, que permitió incautar los vehículos de carga en sectores rurales de las regiones Metropolitana, de O'Higgins, Maule y Biobío, tras haber sido ingresados de manera ilegal desde la Zona Franca de Iquique y que, por lo tanto, tenían prohibición de circular en el resto del país.

El Subdirector Jurídico de Aduanas, Pablo Ibáñez Beltrami, destacó el resultado obtenido por los equipos de abogados de la institución: "la sentencia de la I. Corte de Apelaciones de Concepción hizo suyas todas y cada una de las alegaciones y defensas del Servicio. La Excma. Corte Suprema en esta ocasión, ratificó que ejercimos las facultades legales y reglamentarias que el ordenamiento jurídico establece, por lo que no hubo ninguna ilegalidad o arbitrariedad durante el desarrollo del procedimiento y las posteriores acciones legales que llevamos a cabo".

Mientras se tramitaba la acción de protección ante el tribunal de alzada de Concepción y estando aún pendiente el fallo, paralelamente los recurrentes presentaron ante el Tribunal Constitucional un requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad, por el que pretendían se declararan inaplicables ciertas normas de la Ordenanza de Aduanas y de la Ley Orgánica del Servicio, que faculta a sus funcionarios precisamente para incautar, en aquellos casos en que ello procede. Dicha acción fue rechazada por el Tribunal Constitucional, que lo declaró inadmisible.

De esta manera, una vez reactivada la causa ante la Corte de Apelaciones y tras ser analizados los antecedentes por parte de sus Ministros, la acción jurisdiccional fue rechazada y se determinó que el accionar de Aduanas estuvo completamente ajustado a Derecho, lo que además fue ratificado por la Corte Suprema.
El Director Regional de la Aduana de Talcahuano, Claudio Cid, explicó que "esta sentencia es muy importante porque ratifica el excelente trabajo de inteligencia y de análisis que desarrollan las Aduanas de todo el país. También es importante el apoyo jurídico de nuestros abogados por hacer cumplir las leyes por las cuales nos regimos como servicio fiscalizador, demostrando el profesionalismo con que actuamos".

Este caso corresponde a una investigación que Aduanas inició el 2016 en el marco de su Plan Integrado de Fiscalización (PIF) de Vehículos al detectar que diversos camiones habían sido ingresados de manera ilegal al país debido a que eran usados, contrario a lo que estipula el artículo 21 de la Ley N° 18.843 sobre Estatuto Automotriz, que se refiere a que "sólo podrán importarse vehículos sin uso", lo que además transgrede y vulnera la norma del artículo 168 de la Ordenanza de Aduanas que tipifica el contrabando.