VALORACION: RESOLUCION N° 67
RECLAMO Nº 247/01.09.2008
ADUANA VALPARAISO
VISTOS:
El Reclamo Nº 247/01.09.2008 (fs. 1/2), deducido en contra del Cargo N° 920745/20.06.2008 (fs. 3), por subvaloración, después de haber realizado duda razonable, en la importación de: pantalones largos, de mujeres, de mezclilla tipo Denim (Item N° 1), amparados por la D.I. N° 3130090211-4/09.02.2007 (fs. 8).
La Resolución N° 028/16.01.2009 (fs. 23/24), fallo de Primera Instancia.
CONSIDERANDOS:
Que, mediante la Resolución Nº 028/16.01.2009 (fs. 23/24), fallo de Primera Instancia, se deja sin efecto el Cargo N° 920745/20.06.2008 (fs. 3), por existir documentación bancaria (fs. 5/7) que confirma que el valor declarado CIF US$ 61.776,60 es el precio de transacción para esta operación de importación, decisión de ese Tribunal que esta instancia aprueba.
Que, este Tribunal de Segunda Instancia, constata la efectividad de lo anterior-mente señalado, conforme a documentos a fojas 5, 6 y 7.
TENIENDO PRESENTE:
Las normas de valoración comprendidas en el Capítulo II del Compendio de Normas Aduaneras; y
Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979; dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN:
CONFIRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS